La Señora Presidenta, como ya se sabe, empleó las palabras capacidad de carga, para referirse a
nuevas condiciones de residencia en Rapa-Nui.
Mis amigas del área del patrimonio me señalan su conformidad con
semejante criterio. Se trata, me
explican, de un concepto que se utiliza mucho en arquitectura y planeamiento
urbano. Solo expresaba mi sorpresa por
escuchar el pronunciamiento de la noción de parte de una autoridad, que una dirigenta local reforzaba,
conduciendo su argumento hacia una zona radical de exclusión y discriminación
de un evidente racismo invertido.
Las palabras capacidad
de carga son empleadas por el mismo
sector que en otros discursos califica
sus logros como habiendo ya construido
la obra gruesa de su mandato,
que logró sobrepasar el rechazo que implicó
la palabra retro-excavadora,
que ha sido puesta de nuevo en circulación en
el discurso de renuncia del diputado Pepe Auth al PPD. No deja de ser
curioso que en Valparaíso, sus connotados correligionarios emplearan –en el campo cultural- los mismos
métodos que él denuncia.
El uso de estas palabras
genera un cierto grado de inquietud en la ciudadanía (sic), ya que si
nos atenemos a obras gruesas emblemáticas, hay que ver lo que ocurrió con el
famoso Hospital de Ochagavía, que
permaneció durante décadas, justamente, en obra
gruesa.
El problema con la Señora Presidenta es el diseño, no solo
de las terminaciones, sino de las
habilitaciones efectivas que ponen en función un establecimiento. La Señora Presidenta ya sabe de este tipo de
afectaciones, a partir de su ejemplar experiencia escenográfica con el Hospital
de Curepto.
Un amigo del sector de la crítica y experto en Matta-Clark
me ha enviado el link de un artículo aparecido en the clinic del 12 de junio del 2013, donde se hace estado de
un Informe de la Fundación
de Douglas Tompkins que pone en alerta sobre infección de
parásitos, bacterias y virus ISA en cultivos de salmones.
¿Qué tiene que ver todo esto con el uso
de ciertas palabras?
La respuesta es muy simple. Según Héctor Kol, biólogo marino autor del
estudio, “el error más grande es dejar
funcionando una industria sobre un ambiente que tiene una capacidad de
respuesta desconocida, ya que no hay ningún estudio que demuestre que en Chiule
se pueden cultivar salmones. (…) Para Kol, los resultados están a la vista. Hoy
en día “por cada kilo de alimento para salmones se liberan entre 600 y 700
gramos de materia orgánica, como desechos. Y todo eso está cayendo a un sistema
que tiene capacidad desconocida. En ninguna parte se han hecho estudios sobre
capacidad de carga”.
Imaginemos el siguiente escenario. Por
cada kilo de alimento para turistas en Rapa-Nui se libera una cierta cantidad
de desechos. Todo estaba cayendo hace ya
mucho tiempo a un sistema que colmó su capacidad de carga
y
le permitió a las autoridades centrales tomar una decisión restrictiva.
Esta es una buena metáfora sobre situaciones
de excepción territorial en que el
turismo promueve la producción de desechos
más allá de un punto crítico de recuperación del entorno. ¿Cómo
determinar dicho punto crítico? ¿Qué
elementos debieran ser considerados para
elaborar una hipótesis restrictiva temporal?
¿Es viable, desde un punto de vista constitucional, semejante decisión restrictiva sobre circulación de personas?
Enfrentamos una situación
paradojal. Cada fin de año, el turismo
porteño promueve el arribo de centenares
de miles de personas para ver los fuegos artificiales,
superando la capacidad de carga de
la ciudad. ¿Cuál sería el límite
aceptable de ingreso? ¿Es posible plantearlo?
Aunque no es necesario recurrir al caso del Año Nuevo.
En Valparaíso ocurren –de tiempo en tiempo- algunos motines
en el sector de Cummins, Plaza Anibal
Pinto y Almirante Montt. Miles de
jóvenes no resisten la tolerabilidad de
contención del sitio y son sobrepasados
por el malestar del síndrome de abstinencia. Entonces, promueven su rápido acceso a situaciones
limítrofes de coma alcohólico, para
luego emprenderlas contra el mobiliario público. Son motines que se producen porque no se ha
respetado la capacidad de carga de dichos espacios.
De modo que el uso, por parte de la
Señora Presidenta, de la noción de capacidad
de carga, ¿no permitiría acaso pensar en facultades restrictivas
éticamente fundadas, destinadas a
generar condiciones de autocuidado colectivo
y respeto de la propiedad? ¿Qué
condiciones administrativas habrá que satisfacer para relacionar afectiva y
conceptualmente, iniciativas de resguardo patrimonial con acciones de
desarrollo comunitario? Ciertamente,
¿quién tiene la potestad sobre cómo se define la capacidad de carga social
comprometida en el empleo no extorsivo del espacio público?
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