Durante la Unidad Popular, unos grupos de cantantes que
saben perfectamente de donde son, grabaron
un disco que se llamó “canto al programa”. Harto malo. Musical y poéticamente.
Nada comparable a la Cantata de Luis Advis, que a juicio de expertos cubanos en
experimentación musical, era una obra conservadora. No solo por el respeto a la
forma cantata, sino porque no señalaba tácticamente ninguna perspectiva de
ensayo formal que provocara una
infracción de las formas clásicas.
Manuel Guerra ha estrenado una canción para promocionar el trabajo de cabildeo constitucional
pro-gobiernista. Legítima pretensión que lo confirma como un cantor que también
sabe de donde son los cantantes, reproduciendo la complacencia formal que lo
inscribe como el bufón de corte que
corresponde. ¡Y con letra de Carlos
Cabezas! Es de lamentar que semejante talento sea reducido a exigencias
ilustrativas. Los cabildeos son lo que
son: extensiones de la doméstica práctica de manejo de las “mesas
técnicas”, donde la sola aceptación de participación es una prueba de “violación”
regulada y legalizada.
En el mismo instante en que Manuel Guerra estrena su nueva
canción, la Señora Presidenta -de visita
en Rapa-Nui- sorprende en su discurso
con el uso de palabras tales como capacidad-de-carga. La isla no tendría condiciones sistémicas
para recibir a tanto turista, cuyo
ingreso discriminado desnaturalizaría su carácter identitario.
La palabra turista tendría que interpretarse, simplemente, como
extranjero, incluyendo a los chilenos continentales, abriendo una discusión
sobre la conversión de Rapa-Nui en territorio de excepción, en el seno de
la “república”. Habría que impedir el
acceso a la isla de contingentes de población cuya presencia, a juicio de algunos, amenaza la permanencia de la lengua
originaria.
DE todos modos, es
muy significativo el uso de la noción capacidad-de-carga. En Valparaíso, muchos lugares suelen ser excedidos en su capacidad de carga. En un tiempo cercano, en condiciones de
ocupación irregular, hubo lugares que fueron
colmados por un número de espectadores que sobrepasaron de manera extrema las
condiciones de gestión territorial
relativas al manejo de poblaciones en espacios reducidos. Esto es muy importante a la hora de intervenir
en caso de situaciones que ponen en duda la atención a personas en riesgo.
Las autoridades de estos lugares
cumplen con las condiciones de manejo de poblaciones, asegurando el
cuidado de éstas. La capacidad de carga
no debe ser superada para preservar la salud de los asistentes. O sea, es una cuestión
de sentido común, garantizada por una normativa relativa a los usos de los espacios
públicos.
Esto significa lo siguiente: si un teatro consigna una
tolerancia de 350 personas, no pueden ingresar a él más de 400. Se supone que hay un margen mínimo
de exceso que es posible controlar, en caso de algún incidente, como por
ejemplo, un corte de luz, un terremoto, un incendio, etc. Ello exige disponer
de espacios de evacuación adecuados a partir de un cálculo de flujo que
se calcula a partir de la ocupación de un determinado número de personas
por metros cuadrados, entre otros factores.
Sin embargo, un
funcionario-operador del CNCA hizo lo siguiente: se comprometió a ocupar un teatro sabiendo que
no podía exceder las 350 plazas, pero por las redes hizo una invitación
abierta, de modo que un gran contingente juvenil se hizo presente. No era un
concierto, sino la presentación de un libro sobre música chilena, que contaría
con la participación de un grupo que interpretaría –según acuerdo- dos
canciones, a título de saludo.
El operador del evento, no contento con extender una
invitación cuya respuesta excedía la
capacidad de carga del lugar, convirtió la presentación del libro en un
concierto encubierto, incumpliendo el compromiso inicial. Los jóvenes llegaron en gran número y triplicaron la capacidad del teatro. Al ver impedido el acceso al teatro, repleto en toda su capacidad, los
jóvenes hicieron manifiesto su malestar
iniciando la vandalización del lugar. Los empleados se vieron obligados a
llamar a Carabineros.
Sin embargo, el funcionario-operador que había
promovido directamente la
superación de la capacidad de carga del recinto, quiso suplantar a los empleados
y obligarlos a permitir el ingreso al hall del teatro. Semejante
irresponsabilidad tuvo que ser
contenida y el operador puesto en su lugar. Sin embargo no trepidó en acusar a los gestores del lugar de prácticas anti-populares.
Por no respetar su capacidad de carga, un teatro santiaguino fue lugar de incidentes en el curso de los cuáles varios espectadores perdieron la vida.
El relato de este incidente en Valparaíso
adquiere gran relevancia después de las declaraciones de la
Señora Presidenta, a propósito de la capacidad de carga de una isla -que como toda isla- se sostiene en un equilibrio precario. Por extensión, todo recinto en que se maneje la noción de carga adecuada,
debe aceptar la hipótesis que existe un tipo de discriminación
razonable y legalmente garantizada,
destinado a proteger su reproductibilidad como espacio humano.
Ciertamente, una isla posee características extremas en cuanto a la puesta en función del
respeto de la capacidad de carga, aunque esta idea involucra una discusión sobre facultades constitucionales para hacer
viable semejante propuesta.
Un teatro no es una isla.
Un teatro está en la ciudad. Lo
más probable es que la noción de capacidad-de-carga
no sea la noción más adecuada para hacer mención al desarrollo humano de
Rapa-Nui. Pero como fue empleada por la
Señora Presidenta, me he tomado el
trabajo de hacer algunas comparaciones.
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